El reciente artículo de Alija et al.1 aborda la evolución de la legislación española en relación con los derechos de los menores, derivada de la transformación en la manera en que la sociedad y el sistema legal perciben y tratan a los menores, desde una visión más tradicional y protectora a una más moderna y participativa que reconoce su autonomía y sus derechos. Aunque lentamente, el marco legal evoluciona siempre al compás de los valores cambiantes de la sociedad, reconociendo cada vez más la autonomía del menor, que va adquiriendo de manera progresiva una mayor capacidad para la toma de decisiones.
Por otro lado, uno de los recientes reconocimientos legislativos en España a la autonomía de la persona en el ámbito sanitario es la regulación de la eutanasia, mediante la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE). Actualmente, dicha norma legal no permite la aplicación de la eutanasia a un menor de edad. Así, el artículo 5 de dicha ley, que aborda los requisitos para recibir la prestación de ayuda para morir, indica que es necesario, entre otros, ser mayor de edad (lo que en nuestro ordenamiento jurídico se corresponde, inequívocamente, con haber cumplido 18 años).
Así mismo, a pesar de posibles diferencias culturales, es indudable que, en el contexto actual de globalidad, la sociedad se ve sometida a la influencia constante de otras culturas y marcos normativos. En este sentido, cabe recordar que en 2014 Bélgica despenalizó la eutanasia para menores, sin límite de edad, siempre que el menor, cumpliendo con el resto de requisitos y con la autorización de los padres, fuera competente para la toma de decisiones. En Holanda, hace ya décadas que puede practicarse en recién nacidos hasta los 12 meses de vida, según los criterios del denominado Protocolo de Groningen y a partir de los 12 años, según la competencia de la persona, en igualdad de condiciones que los adultos2. A partir del 1 febrero de 2024, además, puede practicarse a menores de entre 1 y 12 años3 (en este caso, con el consentimiento de los padres).
Llegados a este punto, 3 años y medio después de la puesta en marcha de la LORE en España, es probable que el debate sobre la eutanasia en menores llegue a nuestras fronteras. En ese supuesto, no parece una postura razonable rehuirlo o acallarlo. Al contrario, la experiencia del debate holandés, tanto clínico como ético, puede resultar de gran utilidad. El debate sobre la eutanasia, tanto desde el punto de vista de la bioética como del derecho, es, sin duda, complejo, interdisciplinar, con múltiples enfoques y perspectivas, y del que existen diferentes posicionamientos éticos, culturales y sociales e incluso deontológicos dentro de la profesión médica4. En cualquier caso, un debate ponderado es un ejercicio enriquecedor y necesario en las sociedades modernas y maduras y sería esperable que, si llega a España, pueda atenderse a la opinión de los profesionales de la Pediatría, para lo que será necesario haberlo debatido previamente.