El avance de los conocimientos científicos y las posibilidades de mejora en la tecnología biomédica han facilitado en los últimos años profundizar en el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades que afectan a los niños de 0 a 18 años, ámbito de la pediatría en España.
Se han ampliado los diagnósticos, se ha afinado en la identificación de la etiología y la patogenia de numerosas enfermedades infantiles. Se han diseñado métodos diagnósticos de laboratorio y de imagen adaptados a la fisiología y el desarrollo de los niños, desde los grandes prematuros hasta la adolescencia. Además han mejorado, de forma paralela, los métodos terapéuticos, desde las intervenciones quirúrgicas en las primeras horas de vida y realizadas en la propia incubadora de las unidades neonatales hasta la colocación de prótesis biológicas para tratar malformaciones de extremidades que permiten el reconocimiento en el cerebro infantil de un miembro ausente en el caso de las agenesias de extremidades, lo que facilita una vida posterior muy cercana a la normalidad. Los métodos terapéuticos en oncología, los trasplantes de órganos en el niño, los tratamientos de genoterapia para tratar enfermedades génicas, los nuevos fármacos, como los anticuerpos monoclonales anti-IgE o anti-IL-5 y otros aún en fase experimental, y los tratamientos de inmunomodulación de enfermedades reumáticas autoinmunitarias dibujan un panorama de enormes avances que se aplican a una población distinta de la del adulto.
El niño no es un adulto pequeño, es un ser en crecimiento y maduración física, psíquica y sexual, con un metabolismo distinto y peculiaridades en la anamnesis, la exploración clínica, el diagnóstico diferencial, el diagnóstico funcional y el tratamiento, que hacen necesaria una preparación científica adecuada.
Esto supone la base y la necesidad de la existencia de especialidades pediátricas. La Asociación Española de Pediatría (AEP) se denomina en el momento actual “Pediatría y sus Áreas Específicas”; es una manera implícita de reconocer la necesidad de que existan especialidades pediátricas en general. Además, en el seno de la AEP y en su Junta Directiva están reconocidas y representadas todas la especialidades pediátricas que tienen constituidas sociedades científicas.
La mayoría de las especialidades pediátricas se han ido desarrollando por la propia iniciativa de sus asociados, con mayor o menor ayuda de las instituciones sanitarias en la que ejercen la especialidad. Son reconocidas dentro y fuera de España por sus publicaciones, los proyectos de investigación multicéntricos en los que participan, los logros asistenciales y la formación que, de manera poco reglada pero eficaz, efectúan en el ámbito de la formación continuada, lo que es un polo de atracción para médicos de otros países que vienen a España a adquirir conocimientos y habilidades sobre diferentes especialidades pediátricas.
Por lo expuesto, resulta necesario el reconocimiento de la especialidades pediátricas para fomentar aún más su desarrollo y regular los aspectos administrativos y docentes en lo que hace referencia a la denominación de plazas asistenciales y el diseño de las unidades docentes de las especialidades, con un programa formativo que termine en una titulación oficial homologada.
La AEP, su nueva Junta Directiva, presidida por el Prof. Serafín Málaga, tiene como objetivo prioritario conseguir relanzar el procedimiento de la Acreditación de Áreas de Capacitación Específica, según la normativa vigente en España, que hasta la fecha está inactivo pese a tener cauces legales para activarlo.
Mientras esto se pone en marcha, algunas sociedades especializadas, como la SEICAP (Sociedad Española de Inmunología Clínica y Alergología Pediátrica), han iniciado un procedimiento de acreditación europea de la especialidad.
Situación actual de la especialidades pediátricas en EspañaEn el año 1979, la Asociación Española de Pediatría (AEP) reconoció y aceptó las siguientes especialidades pediátricas: Alergia e Inmunología Pediátrica, Cardiología Pediátrica, Endocrinología Pediátrica, Gastroenterología y Nutrición Pediátrica, Hematología Pediátrica, Medicina Intensiva pediátrica, Neumología Pediátrica, Psicología y Psiquiatría Pediátrica, Pediatría Social, Nefrología Pediátrica, Neurología Pediátrica, Oncología Pediátrica y Radiodiagnóstico Pediátrico.
En 1984 se publicó el Real Decreto 127/1984 de 11 de enero en el que se cambiaba la denominación Pediatría y sus Especialidades por Pediatría y sus Áreas Específicas, reconociendo la similitud entre especialidad y área de capacitación específica, que es el nombre legal actual.
En 1995, el Consejo Nacional de Especialidades Médicas (CNEM) aprobó el concepto y la definición de Áreas de Capacitación Específica, estableciendo los siguientes requisitos para poder serlo:
Definición: “Es el conjunto de conocimientos, habilidades y actitudes añadidos en profundidad y/o extensión a los recibidos en el periodo de formación como especialista y desarrollados sobre una parte del contenido de una o más especialidades en que ya exista interés asistencial y científico suficiente y una dedicación significativa de un grupo de especialistas”.
Condiciones que debe cumplir:
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Contenido de conocimientos y habilidades de entidad suficiente añadidos a especialidades preexistentes.
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Número adecuado de especialistas con dedicación profesional a esa Área de Capacitación Específica.
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Previsión de inmediata o futura actividad asistencial e interés social.
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Que no se base únicamente en la existencia de un instrumento o una técnica.
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El acceso al Área de Capacitación Específica deberá realizarse a partir de una o varias especialidades.
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El desarrollo del programa se realizará en unidades docentes acreditadas par tal fin.
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La formación debe basarse en el principio de responsabilidad progresiva y supervisión que rige en la formación especializada.
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Las unidades docentes, doblemente acreditadas para la formación especializada y para Áreas de Capacitación Específica, garantizarán la adecuada formación sin menoscabo de ninguna de ellas.
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El catálogo de Áreas de Capacitación Específica será aprobado y actualizado por el Consejo General de Especialidades Médicas.
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La o las comisiones nacionales implicadas emitirán al Consejo Nacional de Especialidades Médicas los informes preceptivos de acreditación de las Áreas de Capacitación Específica.
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El reconocimiento oficial de la capacitación específica podrá obtenerse desde la práctica debidamente acreditada o desde la formación reglada en unidad acreditada.
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El número de especialistas que pueden acceder a esta formación será regulado en función de las necesidades sanitarias del país.
En 1997, el CNEM aprobó tres Áreas de Capacitación Específica: Neonatología, Cardiología Pediátrica y Cardiopatías Congénitas y Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia. Pese al reconocimiento y la aprobación, hasta la fecha no se han desarrollado desde el punto de vista administrativo ni docente.
Otras sociedades de especialidades pediátricas han realizado un gran esfuerzo presentando a la CNEM solicitudes de acreditación que no han obtenido respuesta.
La ley 24/2003 de 22 de noviembre (BOE n.° 280) de Ordenación de la Profesiones Sanitarias (OPS)1 reconoce las Áreas de Capacitación Especificas en el artículo 24, describe la competencia para la creación de Áreas de Capacitación Específica y define el diploma acreditativo de éstas. Entre las funciones de las Comisiones Nacionales de Especialidad, la ley recoge las siguientes: “El establecimiento de los criterios de evaluación en el supuesto de nueva especialización. Y la propuesta de creación de Áreas de Capacitación Específica”.
En 2006, la Asociación Española de Pediatría (AEP) expidió documentos acreditativos de capacitación en distintas especialidades pediátricas, a propuesta de la sociedades científicas de las distintas sociedades pediátricas de especialidad, a miembros numerarios de la sociedades especializadas que cumplen los requisitos de formación y experiencia en la especialidad pediátrica y sean, además, socios de la AEP.
En el momento actual, es un clamor universal la necesidad de crear y regular el funcionamiento de la Áreas de Acreditación Específicas, ya que las reconocidas por la AEP y la Comisión Nacional de Pediatría cumplen los requisitos y la normativa de su creación por el pleno del Consejo Nacional de Especialidades Médicas de 1995, en vigor por no haberse derogado.
La mayoría de la especialidades pediátricas han adquirido un enorme desarrollo en los últimos años, con instauración en los grandes hospitales docentes, con tecnología propia, investigación reconocida y docencia no reconocida oficialmente por el Ministerio de Sanidad, pero sí por las universidades y los propios centros hospitalarios.
Acreditación Europea de las Especialidades PediátricasAnte esta situación algunas especialidades pediátricas han abordado un sistema de reconocimiento europeo, dadas la integración de España en Europa y la libre circulación de médicos en el espacio europeo. El plan de Estudios de convergencia Europea de Educación Superior (EEES), en vigor en España para los estudios de grado de medicina y obligatorio a partir de 2010, avala esta estrategia de intentar el reconocimiento europeo de las especialidades pediátricas.
La Sociedad Española de Inmunología Clínica y Alergia Pediátrica (SEICAP) ha realizado una serie de acciones que pueden ser el modelo a seguir por otras sociedades europeas interesadas y describimos a continuación.
En 2001 se firmó un contrato de adhesión de la Academia Europea de Alergología e Inmunología Clínica (EAACI) y la Sociedad Europea de Alergia e Inmunología Clínica Pediátrica (ESPACI), que en su artículo 6 aprueba la Especialidad de Alergología Pediátrica.
En 2003 el European Board of Pediatrics elaboró un documento sobre el programa formativo, los requisitos de acreditación europea y los requisitos de la infraestructura formativa necesaria para el reconocimiento de la especialidad de Alergología Pediátrica2.
En julio de 2005 se diseñaron y se aprobaron las líneas generales de un reglamento de funcionamiento del Comité de educación y formación en Alergología Pediátrica.
Se iniciaron contactos con la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS) a través de la Sección Pediátrica “Confederation of European Specialist in Paediatrics” (CEPS)3 y se elaboraron unos criterios de acreditación como especialistas europeos en Alergología Pediátrica. La CEPS y la UEMS son interlocutores privilegiados ante la Unión Europea (singularmente ante el Parlamento y la Comisión Europea), y el hecho de que expidan una titulación específica en una especialidad pediátrica es muy significativo acerca de la necesidad de crear legislativamente especialidades pediátricas en España.
En 2007 se enviaron los curriculum y las solicitudes de los socios de la SEICAP que cumplían los requisitos, y 95 socios de la SEICAP obtuvieron el “Certificate of European Paediatric Allergist” por la “European Training Commite Paediatric Allergology” (ETC-PA).
Siguiendo el proceso de acreditación europeo, se redactaron los requisitos básicos que deben reunir las unidades docentes donde se formarán los futuros alergólogos pediatras4,5.
Una vez redactados y aprobados por la Junta Directiva de la SEICAP, que es el comité científico de la SEICAP, se remiten a la “European Training Commite Paediatric Allergology”, que los aprueba. Se realiza la difusión de los requisitos para ser unidad docente de Alergología Pediátrica a las secciones de alergología pediátrica que pueden cumplir las condiciones exigidas. Se difunde a 15 secciones y unidades de toda España.
En 2008 se recibió la respuesta de 10 centros y, tras el análisis de la solicitudes, la Junta Directiva de la SEICAP seleccionó cinco centros que cumplen claramente todos los requisitos.
Se contactó con la “European Trining Commite Paediatric Allergology” (ETC-PA), que dio el visto bueno a la selección realizada y aprobó realizar la auditoría preceptiva de las secciones de alergología pediátrica seleccionadas.
Se nombró la comisión que realizará las auditorias, con la siguiente composición:
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El secretario de la ETC-PA.
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Dos miembros de la ETC-PA.
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Un representante de la SEICAP.
Han cumplimentado la solicitud de la auditoría los directores de los hospitales a los que pertenece la sección de alergología pediátrica que solicita la acreditación.
Todo el procedimiento seguido hasta el momento se ha enviado a la CEPS (Confederación de Especialistas Pediátricos Europeos), que aprobó las auditorias realizadas y concedió la acreditación definitiva de las unidades formativas y aprobará el programa formativo. También la CESP será en último término la que acreditará a todos los especialistas en alergología pediátrica europeos que hasta el momento han sido reconocidos por la ETC-PA (Comité Europeo de Formación en Alergología Pediátrica). El título que se expedirá será: “Certificate of European Paediatric Allergist”. El carácter de la titulación será científico y profesional de ámbito europeo.
Se han realizado en 2008 las auditorías a las secciones de alergología pediátrica según la normativa del European Training Centre Visitation Program for Tertiary Care Paediatric Specialities6. En diciembre de 2008 se expidieron los certificados de acreditación a las siguientes secciones de alergología pediátrica:
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Sección de Alergología Pediátrica, Hospital Universitario Sant Joan de Déu, Barcelona.
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Sección de Alergología Pediátrica, Hospital Parc Taulí, Sabadell, Barcelona.
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Sección de Alergología Pediátrica, Hospital La Fe, Valencia.
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Sección de Alergología Pediátrica, Hospital General Universitario de Valencia.
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Sección de Alergología Pediátrica, Hospital Niño Jesús, Madrid.
El Comité Científico de la SEICAP ha redactado y aprobado la Guía de Formación en Alergología Pediátrica, que debe desarrollarse en las unidades formativas. En este programa formativo, que durará 2años, se incluye al final de la formación un examen. Superado éste, la CESP otorgará el “Certifícate of European Paediatric Allergist”. Este programa, pionero en Europa, está pendiente de su aprobación europea en noviembre de 2009.